Podemos ayudarle con el registro de su vivienda turística de Andalucía desde nuestra Gestoría. A continuación describimos brevemente el concepto y los requisitos para su registro.
¿Qué es una vivienda turística en Andalucía?
Se entiende por viviendas turísticas aquellas ubicadas en suelo de uso residencial, donde se vaya a ofrecer mediante precio el servicio de alojamiento en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de forma habitual y con fines turísticos.
Se presumirá que existe habitualidad y finalidad turística cuando la vivienda sea comercializada o promocionada en canales de oferta turística como agencias de viajes, empresas de servicios turísticos y canales con posibilidad de reserva de alojamiento.
Tipos de viviendas turísticas
Existen dos tipos de viviendas turísticas en Andalucía:
- Completa, si se cede en su totalidad.
- Por habitaciones, debiendo el propietario residir en ella. Pudiendo utilizar la denominación Bed and breakfast (B&B).
Requisitos para el Alta
Datos correspondientes a la identificación de la vivienda, lo que incluye:
- Referencia Catastral: Son catorce caracteres entre números y letras referentes a la parcela catastral y otros seis más que la completan para la propiedad en si. Se puede encontrar en la Escritura de la Propiedad o en un Recibo del IBI.
- Capacidad de la vivienda en función a la Licencia de Ocupación o Documento equivalente. En el caso de carecer de Licencia de Ocupación, que es esencial para realizar estos trámites, puede obtenerla a través de un Certificado Descriptivo Gráfico, que es un informe completo que incluye memoria, documentación gráfica, información catastral, diversos tipos de planos, etc.
Datos del propietario:
- En el caso de que quien vaya a explotar la vivienda no fuera la persona propietaria de la misma, serán necesarios todos sus datos y el contrato que lo habilite, siendo la persona o entidad a la que se le cede, quien tenga que realizar la declaración responsable. En el caso de que alguien gestione la propiedad y no exista contrato o título de cesión, a esta persona se le considerará mero gestor o intermediario.
Requisitos para Alquilar
- Licencia de primera ocupación.
- Habitaciones con ventilación exterior o a patios.
- Suficientemente amuebladas.
- Refrigeración y calefacción tanto en habitaciones como salones.
- Botiquín de primeros auxilios.
- Información turística.
- Hojas de quejas y reclamaciones, junto con cartel anunciador.
- Limpieza a la entrada y salida de nuevos clientes.
- Ropa de cama y menaje.
- Teléfono de atención al cliente.
- Información e instrucciones de electrodomésticos.
- Información a los usuarios de la normas internas.
- Cumplir los requisitos de accesibilidad, dimensiones de pasillos y estancias.
- Inscribirse en el Registro de Turismo Andaluz.
Declaración Responsable
Para registrar una Vivienda Turística en Andalucía es necesario que la persona o entidad que vaya a hacerse cargo de la explotación del servicio formalice ante la Conserjería de Turismo de Andalucía, mediante “Declaración Responsable”, el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el Decreto 28/2016, de 2 de febrero.
Para ello, necesitas acceder a la Oficina Virtual de la Conserjería, donde podrás realizar los trámites con o sin certificado digital. En el caso de no poder presentar la declaración de forma digital, podrás entregarla de forma presencial ante la Delegación Territorial de Turismo o incluso mandarla por correo certificado.
¡TE AYUDAMOS!
Si deseas más información y presupuesto, contacta con nosotros. Estaremos encantados en atenderte.